Cómo asociarte

Asóciate

La Asociación admite cuatro tipos de socios:

  • Socios de pleno derecho, que son todas aquellas personas que ejerzan o hayan ejercido funciones técnicas y profesionales de archivos o tengan formación archivística.
  • Socios adheridos, que son personas interesadas en los archivos, como pueden ser los investigadores.
  • Socios honorarios, que son aquellas personas reconocidas como tales por la Asamblea General, en virtud de su prestigio y trayectoria profesional.
  • Socios institucionales, que son aquellas instituciones o entidades públicas o privadas, u otras personas jurídicas interesadas en apoyar y defender los fines de la Asociación y potenciar sus actividades.

La condición de socio se adquiere cumplimentando el formulario de solicitud de inscripción dirigido a la Junta Directiva de la Asociación, quien lo admitirá provisionalmente hasta su ratificación o no por la Asamblea General.

La 1ª Junta Directiva de la AAA que se celebre estudiará los currículos y acordará provisionalmente la admisión o no en la asociación, y la modalidad de socio. Las altas de cada año serán sometidas a su ratificación por la Asamblea General Extraordinaria correspondiente.

Entre tanto no se produzca la ratificación por la Asamblea, tendrá todos los derechos salvo el de voto y el de ser elector y elegible.

Comunicación al interesado

La Secretaría comunicará al interesado su admisión o, en su caso, el motivo de la negativa. La no admisión deberá ser razonada por escrito y comunicada al interesado, quien tendrá un plazo de 30 días después de la Asamblea para recurrir ante la Junta Directiva. Para ser admitido como socio de pleno derecho se requiere la presentación de currículum.

Los cargos de las cuotas de inscripción y las anuales sucesivas se domiciliarán en la Cuenta Corriente indicada por el socio en su solicitud. Los derechos y deberes a que da lugar la condición de socio, surten efectos a partir del pago de las cuotas referidas.

Cuota

  • Socio Individual: cuota anual de 60 €.
  • Socio individual en situación de desempleo, o que sea estudiante y no ejerza actividad profesional remunerada: cuota anual de 40 € durante dos años prorrogables a condición de que se vuelva a acreditar dicha situación.
  • Socio Institucional: cuota anual de 90 €.

Pérdida de condición de socio:

La pérdida de condición de socio se produce por:

  1. Baja voluntaria, mediante formulario presentado a la Junta Directiva.
  2. Impago de cuotas. El impago de dos cuotas consecutivas produce la baja inmediata, una vez que se corrobore por la Asamblea General Extraordinaria.
  3. Expulsión por incumplimiento grave de los Estatutos, comisión de grave daño a la Asociación o a sus directivos, u otras causas ajustadas a derecho.